Las Pensiones no Contributivas como Proyección Social y Normativa del Artículo 41 de la Constitución Española

El artículo 41 CE tiene como una de sus funciones la garantista y defensiva de un sistema público de Seguridad Social que se vio reforzado con el advenimiento de las pensiones no contributivas; en la medida en que se amplió a más personas la tutela pública del sistema, en dos contingencias -vejez e...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Fargas Fernández, Josep
Formato: tesis doctoral
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2001
País:España
Recursos:CBUC, CESCA
Repositorio:TDR. Tesis Doctorales en Red
OAI Identifier:oai:www.tdx.cat:10803/7306
Acesso em linha:http://www.tdx.cat/TDX-0213109-133354
http://hdl.handle.net/10803/7306
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:pensions
seguretat social
Dret
pensiones
seguridad social
Derecho
34
342
Descrição
Resumo:El artículo 41 CE tiene como una de sus funciones la garantista y defensiva de un sistema público de Seguridad Social que se vio reforzado con el advenimiento de las pensiones no contributivas; en la medida en que se amplió a más personas la tutela pública del sistema, en dos contingencias -vejez e invalidez- que han sido siempre nucleares encualquier sistema de Seguridad Social, se reforzó a esta institución de relevancia constitucional; ello no obstante, la integración de tales prestaciones puso de relieve que el diseño constitucional de la Seguridad Social contiene tanto elementos de unidad como de pluralidad, en su vertiente institucional así como en concepto material.