El tiempo en los arrendamientos urbanos:¿qué pasa si es indefinido e indeterminado?
El artículo persigue aclarar qué sentido debe darse, en el marco de un contrato de arrendamiento urbano, a las expresiones 'duración por tiempo indefinido', 'duración por tiempo indeterminado' y otras similares. El estudio de la jurisprudencia emanada Del Tribunal Supremo y de la...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Barcelona |
| Repositorio: | Dipòsit Digital de la UB |
| OAI Identifier: | oai:diposit.ub.edu:2445/184758 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/184758 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Temps Arrendament urbà Arrendament rústic Dret civil Jurisprudència Time Jurisprudence Building leases Farm tenancy Civil law |
| Sumario: | El artículo persigue aclarar qué sentido debe darse, en el marco de un contrato de arrendamiento urbano, a las expresiones 'duración por tiempo indefinido', 'duración por tiempo indeterminado' y otras similares. El estudio de la jurisprudencia emanada Del Tribunal Supremo y de las Audiencias Provinciales lleva a concluir que la respuesta varía en función de en qué momento fue suscrito el contrato: así, el sentido que ha de darse a las antedichas expresiones difiere radicalmente si el contrato fue perfeccionado, por ejemplo, bajo la vigencia de la LAU de 1964 (en su versión originaria o en la modificada tras el dictado del Decreto Boyer) o bajo la vigencia de la LAU 1994 y de sus múltiples modificaciones posteriores, la más reciente de las cuales fue operada mediante la promulgación del Real Decreto-Ley 7/2019, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. |
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