El tiempo en los arrendamientos urbanos:¿qué pasa si es indefinido e indeterminado?

El artículo persigue aclarar qué sentido debe darse, en el marco de un contrato de arrendamiento urbano, a las expresiones 'duración por tiempo indefinido', 'duración por tiempo indeterminado' y otras similares. El estudio de la jurisprudencia emanada Del Tribunal Supremo y de la...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Peruga Pérez, Enrique
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2019
País:España
Institución:Universidad de Barcelona
Repositorio:Dipòsit Digital de la UB
OAI Identifier:oai:diposit.ub.edu:2445/184758
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2445/184758
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Temps
Arrendament urbà
Arrendament rústic
Dret civil
Jurisprudència
Time
Jurisprudence
Building leases
Farm tenancy
Civil law
Descripción
Sumario:El artículo persigue aclarar qué sentido debe darse, en el marco de un contrato de arrendamiento urbano, a las expresiones 'duración por tiempo indefinido', 'duración por tiempo indeterminado' y otras similares. El estudio de la jurisprudencia emanada Del Tribunal Supremo y de las Audiencias Provinciales lleva a concluir que la respuesta varía en función de en qué momento fue suscrito el contrato: así, el sentido que ha de darse a las antedichas expresiones difiere radicalmente si el contrato fue perfeccionado, por ejemplo, bajo la vigencia de la LAU de 1964 (en su versión originaria o en la modificada tras el dictado del Decreto Boyer) o bajo la vigencia de la LAU 1994 y de sus múltiples modificaciones posteriores, la más reciente de las cuales fue operada mediante la promulgación del Real Decreto-Ley 7/2019, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.