La pretendida confusión entre los contratos bancarios de préstamo y de apertura de crédito: la irrelevancia del Nomen Iuris contractual otorgado por las partes

Se analiza un supuesto en que se discute la calificación contractual, como préstamo o como apertura de crédito bancario, de la constitución de un cré-dito con garantía hipotecaria hasta un límite de cantidad a interés variable, dispuesto de una sola vez por los demandantes el mismo día de la firma d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Benítez García, Rufino
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2021
País:España
Institución:Universidad Miguel Hernández de Elche
Repositorio:REDIUMH. Depósito Digital de la UMH
OAI Identifier:oai:dspace.umh.es:11000/26670
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11000/26670
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:34 - Derecho::340 - Cuestiones generales de derecho. Métodos y ciencias auxiliares del derecho
Descripción
Sumario:Se analiza un supuesto en que se discute la calificación contractual, como préstamo o como apertura de crédito bancario, de la constitución de un cré-dito con garantía hipotecaria hasta un límite de cantidad a interés variable, dispuesto de una sola vez por los demandantes el mismo día de la firma de la escritura pública, y devuelto mediante cuotas mensuales periódicas de igual importe, que respondían al cuadro de amortizaciones incorporado y pactado en el propio contrato. En razón a las características del mismo, el Alto Tribunal establece que se trata de un préstamo y no de una apertura de crédito, añadiendo que los contratos son lo que son, según su naturaleza jurídica, y no lo que las partes dicen que son, acogiendo la tesis de la irrele-vancia del nomen iuris que hayan otorgado las mismas