Ayudas económicas municipales derivadas de la pandemia

Las entidades locales han ejercido ampliamente su potestad subvencional desde la declaración del primer estado de alarma a través del Real Decreto 463/2020 en dos grandes ámbitos: la asistencia y ayuda social en situaciones de emergencia —competencia propia de las entidades locales— y la protección...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Sesma Sánchez, Begoña
Formato: artículo
Fecha de publicación:2021
País:España
Recursos:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/701842
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/10486/701842
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Subvenciones
Ayudas
Entidades locales
Covid-19
Derecho
Descrição
Resumo:Las entidades locales han ejercido ampliamente su potestad subvencional desde la declaración del primer estado de alarma a través del Real Decreto 463/2020 en dos grandes ámbitos: la asistencia y ayuda social en situaciones de emergencia —competencia propia de las entidades locales— y la protección de actividades y sectores económicos especialmente afectados por la crisis (hostelería, comercio, turismo), competencia municipal más dudosa. En este área, dado que el Estado y las Comunidades Autónomas han afrontado más tardíamente sus propias líneas subvencionales (a partir del último trimestre del 2020), han sido las entidades locales quienes primariamente se han volcado en atender estas situaciones. Y junto a las subvenciones directas dirigidas a sostener las pérdidas de ingresos por la paralización de la actividad o a compensar gastos asociados a las medidas de protección sanitaria (adecuación de establecimientos, terrazas, adquisición de material sanitario), se han articulado también subvenciones dirigidas a compensar el pago de tributos locales. La tramitación procedimental de las subvenciones por las entidades locales se ha visto igualmente afectada por la crisis sanitaria. En este punto, la ampliación de los plazos para la ejecución, justificación y comprobación de la actividad subvencionada, al amparo del art. 54 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la covid-19, ha sido la singularidad procedimental más relevante. Junto a ella se ha recurrido a otras prácticas como la flexibilización y agilización de trámites, la exoneración de la acreditación de ciertos requisitos y garantías o el pago anticipado del importe total de la subvención en determinados supuestos