Delitos económicos transnacionales y lavado de capitales en el derecho internacional penal y el ius puniendi del Estado mexicano
En los últimos lustros el derecho internacional muestra importantes avances en su contenido normativo y en los mecanismos de aplicación para proteger a la sociedad y sus bienes por medio de dis-positivos punitivos e institutos penales, lo cual ha dado paso a la consolidación del derecho internaciona...
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| Formato: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2020 |
| País: | España |
| Recursos: | Universidad de Huelva (UHU) |
| Repositorio: | Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ariasmontano.uhu.es:10272/19144 |
| Acesso em linha: | http://hdl.handle.net/10272/19144 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | Derecho penal mexicano Derecho penal internacional Delitos económicos transnacionales Lavado de capitales Derecho internacional penal Mexican criminal law Criminal international law Transnational economic crimes Money laundering International criminal law |
| Resumo: | En los últimos lustros el derecho internacional muestra importantes avances en su contenido normativo y en los mecanismos de aplicación para proteger a la sociedad y sus bienes por medio de dis-positivos punitivos e institutos penales, lo cual ha dado paso a la consolidación del derecho internacional penal en el ámbito público, y del derecho penal internacional en el privado. Todos ellos, en conjunto, constituyen un verdadero régimen jurídico de alcances globales para enfrentar coordinada y eficazmente a los nuevos actores delictivos y los tipos penales transnacionales tan comunes en la actualidad. Por su parte, en el ius puniendi mexicano, se dispone de mecanismos legislativos encaminados a castigar los deli-tos económicos en los planos nacional y transnacional, como en el caso del lavado de capitales, el cual se contempla en los artículos 400 Bis del Código Penal Federal, 115 bis del Código Fiscal de la Federación, 9 de la Ley Aduanera y en la Ley de Impuesto Sobre la Renta, amén de otros dispositivos legales sustanti-vos. Empero, estos y otros intentos jurídicos y las acciones emprendidas por instituciones gubernamentales especializadas para prevenir y erradicar los delitos económicos y financieros transnacionales son insu-ficientes ante un problema de gran dimensión y arraigo en el país, con efectos extensivos hacia todos los renglones de la vida nacional |
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