El régimen de la propiedad en el Fuero General de Navarra, Fuero Reducido y disposiciones de Cortes

En el Fuero General de Navarra, en cuanto texto representativo del derecho medieval, está presente la naturaleza compuesta de la propiedad medieval. Puede constatarse la existencia de diferentes formas de dominium, así como de un esquema variado en cuanto a los sujetos titulares de esas formas de do...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Galán-Lorda, M. (Mercedes)|||/items/bd94ca66-d0ae-465a-b887-364c7f922aea
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2004
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/117272
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/117272
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Fuero General de Navarra
Propiedad
Fuero Reducido
Cortes de Navarra
Dominio
Derecho Civil Foral de Navarra
Fuero Nuevo
Codificación
Propiedad Comunal
Propiedad familiar
Señorío
Facería
Nafarroako Foru Orokorra
Jabetza
Foru Murriztua
Nafarroako Gorteak
Jabetza komunala
Jabetza Familiarra
Jauntza
Fazeria
General Statute of Navarre
Property
Reduced Statute
Parliament (Cortes) of Navarre
Dominion
Navarran Civil Statutory Law
New Statute
Codification
Common property
Family Property
Seignory
Descripción
Sumario:En el Fuero General de Navarra, en cuanto texto representativo del derecho medieval, está presente la naturaleza compuesta de la propiedad medieval. Puede constatarse la existencia de diferentes formas de dominium, así como de un esquema variado en cuanto a los sujetos titulares de esas formas de dominium: puede distinguirse una propiedad de realengo, señorial, de órdenes, familiar, comunal, o libre. Aunque a lo largo de la Edad Moderna se va gestando un nuevo modelo de propiedad, en el ámbito jurídico la evolución es lenta y permanecen básicamente las estructuras jurídicas medievales, sobre todo en los primeros tiempos. Es un hecho que se refleja en el Fuero Reducido y en la legislación de Cortes de los primeros años, si bien, a lo largo de este amplio periodo van produciéndose cambios importantes, motivados por el cambio de mentalidad, en principio de los filósofos y teóricos de la política, pero que se reflejan en la mentalidad popular y, más tardíamente, en el mundo jurídico.