La incidencia del artículo 40 TUE en la acción exterior de la UE
El Tratado de Lisboa modificó el antiguo artículo 47 TUE, convirtiéndolo en una cláusula de no afectación mutua entre la PESC y los restantes ámbitos de acción de la UE. El presente trabajo analiza la incidencia del actual artículo 40 TUE en la acción exterior de la Unión, tomando como referente las...
| Autores: | , |
|---|---|
| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2013 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Autónoma de Madrid |
| Repositorio: | Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uam.es:10486/664058 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10486/664058 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Acción exterior UE PESC artículo 40 TUE bases jurídicas Derecho |
| Sumario: | El Tratado de Lisboa modificó el antiguo artículo 47 TUE, convirtiéndolo en una cláusula de no afectación mutua entre la PESC y los restantes ámbitos de acción de la UE. El presente trabajo analiza la incidencia del actual artículo 40 TUE en la acción exterior de la Unión, tomando como referente las conclusiones alcanzadas por su Tribunal de Justicia en la sentencia ECOWAS. Antes de eso, se abordan el marco legal de la acción exterior de la UE, las reglas y procedimientos específicos de la PESC y la limitada jurisdicción del Tribunal de Luxemburgo en este sector |
|---|