Disposiciones transitorias en las leyes de propiedad intelectual: ¿una espada de Damocles para los contratos internacionales?

Las leyes sobre propiedad intelectual del Reino Unido y de España cuentan con disposiciones transitorias relativas a las modificaciones que ha ido experimentado el alcance derecho de autor que, de no ser debidamente tomadas en consideración, pueden aparejar consecuencias no previstas e indeseables p...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Otero García-Castrillón, Carmen, Torremans, Paul L.
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2011
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/42051
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/42051
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derechos de autor
Contratos internacionales
Disposiciones transitorias
Calificación
Ley aplicable
Derecho internacional privado
Derecho mercantil
Propiedad intelectual
5603 Derecho Internacional
5605.03 Derecho Mercantil
Descripción
Sumario:Las leyes sobre propiedad intelectual del Reino Unido y de España cuentan con disposiciones transitorias relativas a las modificaciones que ha ido experimentado el alcance derecho de autor que, de no ser debidamente tomadas en consideración, pueden aparejar consecuencias no previstas e indeseables para quienes celebraron contratos relativos a estos derechos, especialmente cuando, como es habitual, se trata de negocios jurídicos internacionales. Estas disposiciones transitorias conllevan la terminación ex lege de los contratos transcurrido un plazo desde el fallecimiento del autor por lo que, bien puede decirse, una espada de Damocles pende sobre los mismos. Para determinar la aplicabilidad de las normas transitorias a los contratos internacionales se hace imprescindible realizar una labor de calificación de su objeto y, por lo tanto, diferenciar la ley aplicable al derecho de autor y la que rige el contrato.