La utilización del poder subvencional del Estado en el marco de la asistencia social

El presente artículo tienen como objetivo analizar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el uso del poder subvencional en materia de asistencia social a partir de los últimos pronunciamientos del alto interprete de la Constitución. En el primer apartado del artículo se describe el desa...

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Bibliographic Details
Author: Caicedo Camacho, Dolly Natalia
Format: article
Status:Published version
Publication Date:2016
Country:España
Institution:Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya)
Repository:Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya
OAI Identifier:oai:recercat.cat:2445/160882
Online Access:https://hdl.handle.net/2445/160882
Access Level:Open access
Keyword:Assistència social
Administració central
Subvencions
Dret constitucional
Public welfare
Central administration
Subsidies
Constitutional law
Description
Summary:El presente artículo tienen como objetivo analizar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el uso del poder subvencional en materia de asistencia social a partir de los últimos pronunciamientos del alto interprete de la Constitución. En el primer apartado del artículo se describe el desarrollo de la asistencia social o los servicios sociales en el marco del Estado autonómico y el proceso de construcción de un espacio propio para la competencia autonómica a partir de la legislación de las Comunidades autónomas y de la jurisprudencia del Tribunal constitucional. El segundo apartado del artículo se centra en el análisis de la jurisprudencia de los últimos años sobre el uso del poder subvencional del Estado y su incidencia sobre la asistencia social de las Comunidades autónomas. En este apartado se analizan los cambios introducidos a los criterios de territorialización de las subvenciones respecto de la STC 13/1992 tanto desde la perspectiva del título competencial, como del alcance funcional del poder de gasto. Finalmente, esta contribución cierra con una breve reflexión sobre la utilización del poder de gasto del Estado más allá de la asistencia social refiriéndose a su actuación sobre las competencias compartidas o en el procedimiento de las subvenciones. El artículo argumenta que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en los últimos años ha introducido cambios sustanciales respecto de los criterios de terrritorialización de las subvenciones fijadas en la STC 13/1992. De forma que, el criterio de la función de la competencia como criterio orientador de la disposición del gasto del Estado se sustituye por un criterio mas amplio y genérico donde las funciones normativas corresponden al Estado y funciones de gestión que corresponden a las Comunidades autónomas, esta regla que se aplica con independencia que la materia objeto de la ayuda se una competencia compartida o exclusiva.