La acción popular en defensa de los derechos de la naturaleza

En el presente trabajo de investigación se analiza los mecanismos procesales que existen en el Ecuador para la defensa de los derechos de la naturaleza a la luz de los nuevos paradigmas constitucionales y las orientaciones doctrinarias y jurisprudenciales más recientes sobre el tema. Esta investigac...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Cóndor Salazar, Mercedes Amanda
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:Ecuador
Institución:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositorio:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/4925
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10644/4925
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:DERECHOS DE LA NATURALEZA
PARTICIPACIÓN POPULAR
DERECHO PROCESAL
LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Descripción
Sumario:En el presente trabajo de investigación se analiza los mecanismos procesales que existen en el Ecuador para la defensa de los derechos de la naturaleza a la luz de los nuevos paradigmas constitucionales y las orientaciones doctrinarias y jurisprudenciales más recientes sobre el tema. Esta investigación determina la necesidad de la incorporación la acción popular, a nivel de legislación secundaria, como el mecanismo idóneo para la protección de los derechos de la naturaleza. En lo principal esta investigación parte de la idea que la Constitución consagra, como pionera en el mundo, un nuevo paradigma en materia ambiental al definir a la naturaleza como sujeto de derechos. A su vez nuestra Constitución incluye principios constitucionales para efectivizar dichos derechos siendo los principales el principio in dubio pro natura, la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental, la imprescriptibilidad de las acciones ambientales, la acción popular para exigir el cumplimiento de los derechos de la naturaleza, la consulta previa y, la responsabilidad objetiva por los daños ambientales. Con el análisis de los principios constitucionales referidos determinamos que la acción popular efectiviza a los mismos, y de acuerdo a su naturaleza jurídica dicha acción es el mecanismo idóneo para la protección de los derechos de la naturaleza, puesto que nuestra actual legislación procesal ambiental (Ley de Gestión Ambiental y Código Orgánico General de Procesos) solo establece procedimientos de tinte individualista que no resultan insuficientes para la defensa de los derechos de la naturaleza.