Eficacia del procedimiento directo en la consecución de sentencias condenatorias en la Unidad Judicial Penal de Pastaza

La Constitución de la República del Ecuador (CRE) de visión garantista, fundamentada en el neo constitucionalismo, declara un derecho penal mínimo, que luego por adecuación debe trasladarse a la normativa legal vigente para su adecuación constitucional. No obstante, el Código Orgánico Integral Penal...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Miranda Chávez, Luis Rodrigo
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:Ecuador
Institución:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositorio:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/6036
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10644/6036
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL
DEBIDO PROCESO
LEGISLACIÓN PENAL
PROCEDIMIENTO PENAL
Descripción
Sumario:La Constitución de la República del Ecuador (CRE) de visión garantista, fundamentada en el neo constitucionalismo, declara un derecho penal mínimo, que luego por adecuación debe trasladarse a la normativa legal vigente para su adecuación constitucional. No obstante, el Código Orgánico Integral Penal (COIP) va contra corriente y establece una política de máximos penales. Las actuales tendencias del Derecho Penal se manifiestan por medio del Garantismo y Efectivismo, corrientes diametralmente opuestas, pero que son conjugadas en el COIP. Por un lado, se proclama dentro de la CRE el paradigma de Estado Constitucional de Derechos y Justicia con el reconocimiento del derecho penal mínimo; en tanto que, por otro lado, mediante la legislación orgánica se ejerce un derecho penal máximo con sus principales características: endurecimiento de penas, aplicación de procedimientos especiales, etc. Dentro del ámbito procesal se implementa el Procedimiento Especial Directo (PED) para el juzgamiento de delitos flagrantes, en el que predomina la celeridad en la resolución de la causa, basado en el discurso de la no impunidad y descongestión de la administración de Justicia, desconociéndose las garantías básicas del debido proceso en especial el derecho a la defensa y a contar con el tiempo necesario para su preparación, tiempo que se reduce a 7 días al concentrase todas las etapas de un procedimiento ordinario en una sola actuación procesal. Este mecanismo simplifica la estructura del procedimiento ordinario y flagrante, reduciendo aún más los tiempos de tramitación, existiendo una colisión entre la tutela de las garantías básicas del debido proceso y la eficiencia judicial. En el presente trabajo se analiza el Procedimiento Especial Directo (PED) tanto en lo normativo, dogmático como en su aplicación en la provincia de Pastaza, durante el período: agosto 2014-agosto 2015.