Sistema especializado para la garantía de los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes o Sistema de Protección Integral

En los actuales momentos, el Estado ecuatoriano adelanta la reforma integral del Código de la Niñez y Adolescencia, para lo cual creó una Comisión Ocasional Especializada, que se dispone a acoger las recomendaciones que le fueron hechas por la Comisión AAMPETRA, en el sentido de “diseñar y poner en...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Morais de Ramírez, María G
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Ecuador
Institución:Universidad Central del Ecuador
Repositorio:Revista Palabra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:revistadigital.uce.edu.ec:article/2881
Acceso en línea:https://revistadigital.uce.edu.ec/index.php/palabra/article/view/2881
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derechos humanos de los niños
protección integral
sistema nacional de protección integral de la niñez
protección especial
Reforma integral
Convención Sobre los Derechos del Niño
CONA
especialialidad
Descripción
Sumario:En los actuales momentos, el Estado ecuatoriano adelanta la reforma integral del Código de la Niñez y Adolescencia, para lo cual creó una Comisión Ocasional Especializada, que se dispone a acoger las recomendaciones que le fueron hechas por la Comisión AAMPETRA, en el sentido de “diseñar y poner en funcionamiento un Sistema de Protección Integral que permita articular y coordinar normas, procedimientos e instituciones encargadas de la protección integral de los derechos de NNA”. Ahora bien, la concreción de este cometido pasa por asentar la construcción de dicho Sistema en principios que se desprenden de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y sostienen la Doctrina de la Protección Integral –Igualdad y no Discriminación, Interés Superior del Niño, Corresponsabilidad y Prioridad Absoluta–, a los que se añaden otros más específicos –legalidad, especialidad, efectividad y participación democrática–; por tener en cuenta los enfoques de derechos humanos, de integralidad y sistémico; por orientarse por criterios tales como de Integralidad, eficacia, participación democrática y solidaria, de autonomía y descentralización. Estos criterios deberán verse reflejados en la composición del Sistema, en las atribuciones de sus integrantes,así como en los medios de garantía de derechos que contemple. Solo así, el Sistema de Protección Integral se convertirá en un marco idóneo para dar efectividad al Código que, como todas las leyes especiales para la infancia promulgadas post CDN, se destinan a garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y disfrute de sus derechos.