Incumplimiento de decisiones legitimas de autoridad competente y la vulneración al principio de taxatividad

Los orígenes de la infracción de desobediencia a la autoridad, se remonta a la época del Imperio Romano (27 a.C. a 476 d.C.), en donde se consideraba un agravio en perjuicio de la majestad cualquier acto humillante incluso el más intrascendente, ejercida en perjuicio del Estado, siendo ubicados en l...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Viana Zorrilla, Félix Alcides
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/13757
Acceso en línea:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/13757
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:DECISIÓN LEGITIMA
VULNERACIÓN COMPETENTE
Descripción
Sumario:Los orígenes de la infracción de desobediencia a la autoridad, se remonta a la época del Imperio Romano (27 a.C. a 476 d.C.), en donde se consideraba un agravio en perjuicio de la majestad cualquier acto humillante incluso el más intrascendente, ejercida en perjuicio del Estado, siendo ubicados en la categoría de los “crimina laese maiestatis” que no gozaban del principio universal de legalidad; al respecto L. Ferrajoli, refiere que “en la adecuación moderna de los delitos políticos aún quedan residuos de los crimina maiestatis” (2011, pág. 809) entre ellos hace alusión al tipo penal de desacato dentro de los delitos de lesa majestad. Institución jurídica cuya intención directa era procurar conservar indemne la dignidad de la autoridad en el ejercicio de sus potestades jurisdiccionales. La desobediencia a la autoridad también fue parte del anterior ordenamiento penal del Ecuador, cuya estructura se encontraba tipificada y sancionada en el Art. 249, en donde se ubicaba como sujeto activo del tipo al funcionario público en el cumplimiento ejecución de una ley, reglamento u orden superior, por el que se aplicaba únicamente una pena pecuniaria al infractor.