La custodia compartida en la legislación Ecuatoriana y el principio de corresponsabilidad parental
El principio de la corresponsabilidad parental se encuentra en la Constitución (2008), indica expresamente sobre el cumplimiento de los derechos y de los deberes recíprocos entre madres, padres e hijos, se promueve la corresponsabilidad materna y paterna. El Código de la Niñez y la Adolescencia esta...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2020 |
| País: | Ecuador |
| Institución: | Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/11937 |
| Acceso en línea: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11937 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | CUSTODIA COMPARTIDA PRINCIPIO DE CORRESPONSABILIDAD |
| Sumario: | El principio de la corresponsabilidad parental se encuentra en la Constitución (2008), indica expresamente sobre el cumplimiento de los derechos y de los deberes recíprocos entre madres, padres e hijos, se promueve la corresponsabilidad materna y paterna. El Código de la Niñez y la Adolescencia establece reglas que sobrecargan a la madre con las responsabilidades de cuidado y crianza de los hijos y sobrecargan al padre con la responsabilidad de manutención, es decir que, se presenta un esquema cargado de inconstitucionalidad, desequilibrio y desigualdad. Este artículo científico se enfocó en el análisis investigativo en la legislación ecuatoriana sobre la custodia compartida y su incidencia en el principio de corresponsabilidad parental. Para lograr este objetivo fue indispensable revisar la regulación de este tema en la legislación nacional e internacional tomando en cuenta dos instituciones que son la tenencia y el régimen de visitas, dejando constancia que hasta la fecha la custodia compartida como tal no existe en la legislación ecuatoriana. Al evaluar la actividad judicial interpretativa y aplicativa en cuanto a la tenencia y régimen de visitas, se evidencia la posición inequitativa de los Jueces de Familia que siempre muestran preferencias para con la madre en cuanto al cuidado y protección de los hijos se trata. La incorporación de la custodia compartida como primera opción enfatizaría el principio constitucional de la corresponsabilidad parental en la teoría y en la práctica para lograr una distribución equitativa de las responsabilidades parentales y de esta forma se podría hacer efectivo el derecho de crianza y cuidado de los hijos. |
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