Discriminación de género con eje de transversalidad en el otorgamiento y ratificación de medidas de protección en materia de violencia intrafamiliar

La discriminación de género en el eje de transversalidad al momento de otorgar y ratificar medidas de protección en materia de violencia intrafamiliar, a pasado por mucho tiempo por alto; ya que se ha dado mayor énfasis a la discusión eterna sobre la discriminación de género, violencia de género y v...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Bermeo Urbano, Cristian Daniel
Formato: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2022
País:Ecuador
Recursos:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/14405
Acesso em linha:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/14405
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
RATIFICACIÓN DE MEDIDAS
REFORMA LEGAL
Descrição
Resumo:La discriminación de género en el eje de transversalidad al momento de otorgar y ratificar medidas de protección en materia de violencia intrafamiliar, a pasado por mucho tiempo por alto; ya que se ha dado mayor énfasis a la discusión eterna sobre la discriminación de género, violencia de género y violencia familiar pero puesto como objetivo principal la equidad socio jurídica de la mujer; creando así un efecto de vulneración y discriminación con eje de transversalidad, pues a medida que ha ido evolucionando el pensamiento y el comportamiento social, las relaciones dentro del núcleo familiar también han variado. La violencia intrafamiliar, ha estado en el ojo del huracán por mucho tiempo, pese a ello, en el Ecuador no habido una correcta lectura sobre este fenómeno, si bien es cierto, se han suscrito a tratados y convenios internacionales, en la que se trate de erradicar y combatir la violencia contra la mujer, ha dejado desguarnecido la violencia intrafamiliar; de esa forma, manejado la figura de relación hombre-mujer; ya sea en calidad de cónyuges, unión de hecho, convivencia, noviazgo, entre otras; la mayoría de operadores de justicia han implementado un término que jurídicamente no se establece y tampoco es apreciado por otra parte de los administradores de justicia, este término de “enfoque de género”, introducida por los grupos elitistas feministas, dicho término ha ocasionado graves problemas al momento de tener un criterio formado para otorgar y ratificar medidas de protección hacia el hombre en caso de ser víctima de violencia intrafamiliar.