El procedimiento precontractual de licitación en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

La administración pública para la consecución de sus fines, entre otras actividades debe efectuar actos contractuales a fin de contratar obras, bienes o servicios que aseguren el bienestar de la colectividad. Con ese propósito, los actos preparatorios y precontractuales deben ser los establecidos en...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Soria Galarza, Narda Elizabet
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2011
País:Ecuador
Institución:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositorio:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/2967
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10644/2967
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:CONTRATACIÓN PÚBLICA
CONTRATOS PÚBLICOS
LICITACIÓN
LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Descripción
Sumario:La administración pública para la consecución de sus fines, entre otras actividades debe efectuar actos contractuales a fin de contratar obras, bienes o servicios que aseguren el bienestar de la colectividad. Con ese propósito, los actos preparatorios y precontractuales deben ser los establecidos en las leyes y reglamentos vigentes a la época de la contratación. Nuestra Legislación en materia de contratación pública ha sufrido un cambio profundo con la expedición de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y la implementación del portal de compras públicas, lo que ha modernizado el sistema de compras públicas en el Ecuador. La licitación es un procedimiento precontractual previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya finalidad es elegir al proponente que realice la oferta más ventajosa para el Estado. Es un procedimiento legal y técnico al que deben sujetarse tanto la entidad contratante, cuanto los interesados en participar con el propósito de relacionarse jurídicamente con el Estado. La licitación pública en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, surge como una exigencia de la buena administración, como una condición de moralidad y también como una oportunidad para los administrados, que acrediten las mejores condiciones en la oferta para la entrega de prestaciones traducidas en obras, bienes o servicios de interés para la administración y a través de ella, del Estado, es decir, del interés general.