Los derechos de las personas GLBTT en el ámbito familiar ecuatoriano
Los derechos de las personas gays, lesbianas, bisexuales, travestis y transexuales, en adelante GLBTT, han sido ocultados y menospreciados por un poder heteropatriarcal dominante, que dicta que la única forma posible de sexualidad es la que se da entre un hombre y una mujer exclusivamente para fines...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2006 |
| País: | Ecuador |
| Institución: | Universidad Andina Simón Bolivar |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/2390 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10644/2390 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS SUJETOS DE DERECHOS HOMOSEXUALIDAD TRAVESTISMO LESBIANISMO DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS |
| Sumario: | Los derechos de las personas gays, lesbianas, bisexuales, travestis y transexuales, en adelante GLBTT, han sido ocultados y menospreciados por un poder heteropatriarcal dominante, que dicta que la única forma posible de sexualidad es la que se da entre un hombre y una mujer exclusivamente para fines reproductivos. En la presente tesis busco negar y desmitificar tal concepto, a través de un análisis jurídico y sociológico del ámbito de la familia, demostrando que no es una institución fija, sino que responde a los intereses del poder dominante y por tanto es posible, cambiando la matriz social, ampliar los sujetos legitimados a formarla hacia las personas GLBTT. Adicionalmente, deconstruyo otros conceptos e instituciones como el sexo, género, moral, heterosexismo y patriarcalismo, demostrando que todo aquello que se toma como base inamovible y natural en las relaciones de poder no son más que productos de la cultura. Afirmo que los ordenamientos jurídicos, también productos culturales, responden a las necesidades de los grupos hegemónicos de poder, lo que lleva a analizar la forma en que éstos incluyen principios como igualdad y no discriminación en sus normas, a través de un estudio comparado de derecho, principalmente entre España y Francia en el ámbito familiar, encontrando que el reconocimiento de derechos realizado a las personas GLBTT por estos sistemas jurídicos de una u otra forma no responde a reivindicaciones reales y efectivas de los derechos de GLBTT. Concluyo que para que el reconocimiento sea real y efectivo debe crearse un conjunto de instituciones sociales y estatales que permitan el libre desarrollo de la personalidad y acceso sin presiones sociales a la familia por parte de las personas GLBTT, incluyendo la adopción y herencia, llegando a ser así sujetos de derechos tanto privados (dentro de la familia) como públicos (política, cultura, arte, etc) |
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