LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL SISTEMA DE JUZGAMIENTO ECUATORIANO

La teoría clásica al enseñar derecho penal rezaba que el ser humano es el único posible de imputación penal, basados en casi un mantra: societas delinquere non potest. (Gomez- Jara, 2016). Tradicionalmente la responsabilidad penal de las personas jurídicas se negaba sustentándose en tres argumentos;...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Sánchez, Danny Xavier
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2018
País:Ecuador
Institución:Pontificia Universidad Católica del Ecuador
Repositorio:Repositorio Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucesa.edu.ec:123456789/2640
Acceso en línea:http://repositorio.pucesa.edu.ec/handle/123456789/2640
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:PERSONA JURÍDICA
RESPONSABILIDAD CRIMINAL
AUTONOMÍA
CULPABILIDAD
Descripción
Sumario:La teoría clásica al enseñar derecho penal rezaba que el ser humano es el único posible de imputación penal, basados en casi un mantra: societas delinquere non potest. (Gomez- Jara, 2016). Tradicionalmente la responsabilidad penal de las personas jurídicas se negaba sustentándose en tres argumentos; las sociedades no poseen capacidad de acción; tampoco tienen capacidad de culpabilidad; e igualmente carecen de capacidad para sufrir penas, lo que lleva a los sistemas clásicos a castigar solo como responsables a las personas físicas. (Gonzáles, 2012, p. 79). A nivel mundial la determinación de la responsabilidad penal ha tenido una modificación de 180 grados, buscando nuevos horizontes que persigan a la criminalidad que con el tiempo se ha vuelto bastante astuta e imaginativa, (Gómez L. , 2014). El juzgamiento penal de las personas jurídicas y los principios procesales que son aplicables a las mismas, se ha convertido a nivel mundial en un tema de debate e investigación siendo su procesamiento criminal tan complicado como la determinación de su responsabilidad penal, es así que la legislación a nivel mundial coincide que los delitos empresariales (en la empresa o de la empresa) no pueden quedar en la impunidad y tienen que ser juzgados y sentenciados por su transcendencia social, pero cada legislación a optado por seguir la doctrina que mejor se ajusta a sus necesidades o la ha considerado la más correcta para sancionar a las personas jurídicas (Castillejo, 2012).