La facultad de la administración contralora para predeterminar y determinar responsabilidades frente a los derechos del debido proceso y la seguridad jurídica de los servidores públicos
Se precisa aclarar y explicitar la problematización en la presente investigación en cuanto al grado de afectación social, impacto negativo de la incorrecta aplicación jurídica administrativa para predeterminar y determinar responsabilidades frente a los derechos del debido proceso y la seguridad jur...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | Ecuador |
| Institución: | Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/11062 |
| Acceso en línea: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/11062 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | DEBIDO PROCESO SEGURIDAD JURÍDICA SERVIDOR PÚBLICO |
| Sumario: | Se precisa aclarar y explicitar la problematización en la presente investigación en cuanto al grado de afectación social, impacto negativo de la incorrecta aplicación jurídica administrativa para predeterminar y determinar responsabilidades frente a los derechos del debido proceso y la seguridad jurídica de los servidores públicos. Corresponde a la administración contralora, el ejercicio de control de los recursos estatales, así como de la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos. Todo ello, se realiza a través de la auditoría interna y externa, se determina responsabilidades administrativas, civiles e indicios de responsabilidad penal siempre observando un debido proceso establecidos en el ordenamiento jurídico del Ecuador. Por ello, la afectación social surge, en función de que el órgano de control, violentando el debido proceso y la seguridad jurídica en los procedimientos agotados para la determinación de esas responsabilidades, -y obviando derechos constitucionales que asisten a servidores públicos y eventualmente las personas naturales-, que no siendo servidores públicos hayan intervenido en la disposición de recursos públicos. Significa que, no está a disposición de juristas y la ciudadanía en general, un estudio de caso a nivel constitucional que brinde un soporte legal en esta materia. Y es que, la oportunidad de asumir este trabajo reside en que, las investigaciones ejecutadas, no han contado con casos puntuales en los que la Corte Constitucional se haya pronunciado sobre la vulneración de los derechos constitucionales. |
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