La etapa de instrucción dentro del procedimiento administrativo sancionador en el Gad Municipal de Riobamba

La presente investigación tiene por objeto analizar los postulados normativos de carácter administrativo que regulan el procedimiento administrativo sancionador en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Riobamba en la etapa de instrucción. La responsabilidad probatoria de la admin...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Andrade Arrieta, Iván Fernando
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/12240
Acceso en línea:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/12240
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
DERECHOS SUBJETIVOS
ETAPA DE INSTRUCCIÓN
SANCIÓN ADMINISTRATIVA
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene por objeto analizar los postulados normativos de carácter administrativo que regulan el procedimiento administrativo sancionador en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Riobamba en la etapa de instrucción. La responsabilidad probatoria de la administración pública, con el fin de que no se vulneren los derechos subjetivos de los administrados, garantizando el derecho a la defensa y el debido proceso. La etapa de instrucción dentro de los procedimientos administrativos sancionatorios en los órganos encargados de ejercer esta potestad, aplicando los principios de tipicidad, proporcionalidad, legalidad que constituyen fundamentos principales para la Administración Pública, misma que se encuentra sometida plenamente a la ley. La potestad sancionadora a cargo de la administración pública es absolutamente necesaria, ya que es un complemento de la potestad de mando o imperio, está sola no sería suficiente para asegurar el cumplimiento de las órdenes y mandatos puesto que siempre será indispensable la coerción, que se traduce en sanción correctiva y disciplinaria. (Manuel María Diez, Derecho Administrativo, Tomo 1 , p 24)