Regímenes en conflicto en un área protegida de primer nivel : la Reserva Marina de Galápagos

La presente investigación, pretende explorar la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural – CPM y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar – CONVEMAR, para determinar la presencia de áreas grises o inconsistencias cuando los dos instrumentos inter...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Vargas González, Jorge Oswaldo
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2013
País:Ecuador
Institución:Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
Repositorio:Repositorio Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.flacsoandes.edu.ec:10469/6317
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10469/6317
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:PATRIMONIO NATURAL
RESERVA MARINA DE GALÁPAGOS
ARCHIPIÉLAGO DE GALÁPAGOS
REGIÓN INSULAR
LEGISLACIÓN AMBIENTAL
ISLAS GALÁPAGOS (ECUADOR)
CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA
RESERVA NATURAL
DIVERSIDAD BIOLÓGICA
ECOSISTEMA
ECUADOR
Descripción
Sumario:La presente investigación, pretende explorar la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural – CPM y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar – CONVEMAR, para determinar la presencia de áreas grises o inconsistencias cuando los dos instrumentos interactúan en torno a la Reserva Marina de Galápagos. Para lograrlo, me he planteado tres objetivos específicos, primero, determinar, desde la teoría, si las dos Convenciones cumplen con los requisitos para ser consideradas partes constitutivas de los Regímenes Internacionales, esto me permitirá visualizar de forma clara si en realidad son comparables las 2 convenciones, en segundo lugar he proyectado caracterizar las dos Convenciones desde las categorías de análisis encontradas a nivel teórico para comprender su origen y el alcance que tienen las normas y principios que están contempladas en sus artículos cuando se trata de un área protegida de primer nivel, y, finalmente, identificar si existen jurisdicciones compartidas, en temas específicos como la Conservación y uso de recursos naturales, entre ambos Convenios, tomando en cuenta la posible presencia de un área gris entorno a sus objetivos y a la convergencia de intereses de las Partes.