EL DERECHO CONSUETUDINARIO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DEL ECUADOR

El Ecuador, como país intercultural y plurinacional recoge en su memoria social todas las costumbres, mitos, leyendas y tradiciones que transforman en direccionamientos para el desarrollo del país en todas sus áreas, ya que compila en el Derecho Consuetudinario de los pueblos originarios del Ecuador...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Vargas Villacres, Borman Renán
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:Ecuador
Institución:Pontificia Universidad Católica del Ecuador
Repositorio:Repositorio Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucesa.edu.ec:123456789/2066
Acceso en línea:http://repositorio.pucesa.edu.ec/handle/123456789/2066
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho
Consuetudinario
Costumbres
Filosofía
Descripción
Sumario:El Ecuador, como país intercultural y plurinacional recoge en su memoria social todas las costumbres, mitos, leyendas y tradiciones que transforman en direccionamientos para el desarrollo del país en todas sus áreas, ya que compila en el Derecho Consuetudinario de los pueblos originarios del Ecuador su forma de actuar, ya hoy en día gracias a la revolución ciudadana, lo podemos socializar y aplicar, mismos que deben ser cumplidos en forma coercitiva porque ese es su modo de vida, que con toda seguridad lo manifiesto, es la base para llegar al Sumak Kausay. El presente trabajo explica en resumen la historia de nuestros pueblos originarios, mismos que para llegar a la vida republicana y la colonización han sufrido un proceso de expansionismo y dominación incaica – española, en su debido orden, para luego entrar en la capitulación por las grandes empresas de conquistas, organizadas técnicamente en Centro América y expandirse hacia América del Sur e ingresar al proceso de formación del amerindio, que en el tránsito de Inca a indio y campesino, ha sufrido discriminaciones en todo sentido, llegando a ocultar toda la sabiduría ancestral que luego fue catalogado como actividades paganas en contra de Dios de acuerdo a la Biblia que nos trajeron del viejo mundo (Vera, 1989) En este proceso, el amerindio pasa por un período de tamizaje en donde se cumplió con el gran objetivo de la conquista; que desaparezca de una vez por todas los rasgos culturales de la cosmología andina, que el runa y la huarmi tengan vergüenza de sus ancestros, sus etnias y culturas; de este modo, terminaron con su vestimenta, culto, creencias, mitos, leyendas y tradiciones (Derecho Consuetudinario). Conscientes estamos que toda la memoria ancestral se resume en el Derecho Consuetudinario de los pueblos originarios del Ecuador, pero no se puede desarrollar, preservar y socializar sino existe un proceso de enseñanza básica para que sea transmitida de generación en generación, caso contrario, toda esa riqueza cultural quedaría en el olvido. Razón por la cual los maestros cumplen un papel importante en el proceso de enseñanza aprendizaje, ya que son los responsables del conocimiento histórico real del antes y el después de las comunidades y pueblos del Ecuador. Para que un docente pueda transmitir los conocimientos ancestrales inéditos a las futuras generaciones, debe dominar la norma y la sociología jurídica ya que nos da la sabiduría y todas las herramientas para hacerlo con eficiencia, efectividad, y eficacia de todos los conocimientos ancestrales en prácticas diarias; es así como, en la vida republicana, hasta la década de los 90 los educadores no podían realizar prácticas educativas reales en forma clara, transparente y cierta, porque los contenidos científicos se basaban sólo en conocimientos extranjeros o currículos de otros países y en el mejor de los casos al catecismo. Es la Sociología Jurídica, la filosofía y el Derecho Consuetudinario especialmente la danza el teatro y los juegos populares las únicas actividades que de una u otra manera utilizan legalmente los educadores para realizar el proceso de enseñanza aprendizaje con saberes ancestrales plasmados en mensajes a través de corografías, obras teatrales y juegos lúdicos o populares. Tanto en el Ecuador como en el resto de América Latina, existe un nuevo escenario político en la cual la: multi-pluri-inter-culturalidad está ganando espacio y legitimidad. Esta nueva coyuntura incluye el reconocimiento por parte de los estados sobre la diversidad étnica y cultural, así también la necesidad de reconocer derechos específicos, colectivos y de la naturaleza, lo que algunos autores llaman el nuevo "constitucionalismo multicultural", que está enfocado en una nueva forma de solución de conflictos, ya sea por la conciliación, mediación, arbitraje, pero principalmente la justicia indígena (Van, 2000) y su relación con la ciudadanía "étnica" "cultural". (Montoya, 2002). Ratifican la aplicación de los Métodos Alternativos y Solución de Conflictos (MASC) mismos que están amparados por la Constitución ecuatoriana en su Artículo 190. Como bien sabemos, a diferencia de otros países de la región, en el Ecuador este reconocimiento oficial es de mayor jerarquía; reflejo y resultado de luchas y demandas del movimiento indígena, de sus procesos de fortalecimiento identitario como actores sociales, políticos y culturales y de su cuestionamiento de los modelos existentes de ciudadanía, democracia, estado y nación liderados por los movimientos indígenas en sus diversas organizaciones de la costa, sierra y oriente. Las demandas de reconocimiento cultural de los pueblos indígenas y pueblos originarios del Ecuador, han puesto en duda la vigencia de un sistema jurídico mono cultural, aun teniendo en cuenta el escenario del multiculturalismo constitucional que recorrió las reformas constitucionales latinoamericanas desde la aprobación del Convenio No. 169 por parte de la Organización Internacional de Trabajo en 1989. En el Ecuador este proceso es primordial y de sumo interés, razón por la cual con la aprobación del referéndum de la nueva Constitución en el 2008, en la que se define como Estado Plurinacional de Derechos, reconociendo la coexistencia de una diversidad de sistemas jurídicos. Los países de la región, como Bolivia y Venezuela, entre otros, han transitado procesos similares, cuestionando la permanencia del denominado monismo jurídico quien plantea que las crisis son una precondición para el surgimiento de nuevas teorías y referentes para la solución de conflictos. El reconocimiento por parte del Estado de los sistemas jurídicos, no implica que las autoridades de los pueblos y nacionalidades indígenas tengan el objetivo de crear algo nuevo, sino el reconocimiento de una realidad histórica de ejercicio de derechos consuetudinarios, que en el marco de la construcción colonial de la dominación estatal fueron invisibilizados, negados y perseguidos, como prácticas al margen de la ley. El pluralismo jurídico no es una “alternativa” del derecho, sino un proceso de construcción de otras formas jurídicas que identifiquen al derecho con los sectores mayoritarios de la sociedad, y de respuestas institucionales a procesos de transición de una sociedad marcada por la colonialidad hacia una construcción social y estatal de carácter intercultural y plurinacional, en donde se compila todas las costumbres, tradiciones, leyendas y mitos ancestrales. Tal como lo plantea (Coutinho, 1990), “un pluralismo de sujetos colectivos fundado en un nuevo desafío: construir una nueva hegemonía que contemple el equilibrio entre el predominio de la voluntad general, sin negar el pluralismo de los intereses particulares”. En los últimos cuatro años de vigencia de la nueva carta magna del Ecuador, la coexistencia de la justicia ordinaria y la justicia indígena no ha estado exenta de conflictos respecto de los alcances de la jurisdicción de la administración y justicia indígena, de la adaptación de procesos a los derechos humanos, de los mecanismos de coordinación entre autoridades estatales y autoridades indígenas, entre otros. En ciertos casos se alcanzan situaciones en las que las autoridades comunitarias fueran sometidas a la justicia ordinaria por exceder su jurisdicción (Ref. Caso La Cocha), así como fuertes reclamos por parte de las autoridades comunitarias respecto de la intervención no solicitada de operadores de justicia al margen de sus derechos colectivos. Razón por la cual sociólogos, filósofos e investigadores para dar jerarquía a toda la memoria, filosofía ancestral y la cosmovisión andina, enfocan como Derecho Consuetudinario para llegar al cumplimiento de la armonía comunitaria.