La prueba pericial criminalística: particularidades en Ecuador

Las pericias criminalísticas se comienzan a utilizar en los procesos penales del sistema europeo continental durante el siglo XIX; en Sudamérica logra mayor presencia con las reformas que se implantan a partir de la última década del siglo XX, por la consolidación de la criminalística como ciencia a...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Peña Aguirre, Juan Antonio
Tipo de recurso: libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Ecuador
Institución:Universidad de Cuenca
Repositorio:Repositorio Universidad de Cuenca
OAI Identifier:oai:dspace.ucuenca.edu.ec:123456789/38615
Acceso en línea:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/38615
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Prueba pericial
Criminalística
Descripción
Sumario:Las pericias criminalísticas se comienzan a utilizar en los procesos penales del sistema europeo continental durante el siglo XIX; en Sudamérica logra mayor presencia con las reformas que se implantan a partir de la última década del siglo XX, por la consolidación de la criminalística como ciencia al servicio de la investigación criminal, la que se apropia constantemente del desarrollo de las ciencias y las nuevas tecnologías. Como institución procesal, la prueba pericial tiene una condición variable en el tracto del proceso penal acusatorio; en la fase investigativa se erige en fuente o acto de prueba, que se introduce al juicio oral a través de los medios de prueba que autoriza la ley y se asume como tal, cuando es sometida al debate oral, público y contradictorio y es capaz de crear convicción en el juzgador. Desde la teoría del derecho probatorio tiene una naturaleza jurídica dual, constituye un medio de prueba personal y real. En el sistema procesal ecuatoriano es utilizada generalmente por la acusación y no se reconoce de forma expresa la figura del consultor técnico, siendo admitido únicamente en la práctica jurídica el testigo experto, al que se le ofrece similar tratamiento normativo que al perito ordinario. La cadena de custodia de la pericia se asume en los procesos penales de corte acusatorio como una garantía del debido proceso penal, que tiene por finalidad garantizar la autenticidad de la prueba, en el sentido de certificar que la evidencia que se obtuvo en la escena del crimen es la misma que se remitió al laboratorio forense, la misma que se analizó y la que resultó base para fundamentar las conclusiones del dictamen pericial y la sentencia que pone fin al proceso. La actuación pericial criminalística que tiene lugar en el proceso penal ecuatoriano, constituye un genuino acto de prueba que para ser asumido en juicio oral, como medio de prueba pericial lícita, debe resistir el cuestionamiento propio del debate penal necesariamente en dos sentidos, primero, en términos de máximas de experiencias científicas o especializadas y, segundo, respecto al cumplimiento de las exigencias de la cadena custodia de la huella o evidencia.