Ley de timbres de la República del Ecuador

ARTICULO 1°. Los documentos públicos ó privados y las actuaciones judiciales que se designan en esta. Ley, llevarán un sello ó un timbre fijo ó móvil, en los términos y de la clase prescritos en* esta Ley. Actuaciones judiciales y documentos designados en la nomenclatura que va á continuación: Accio...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Ministerio de Hacienda
Formato: livro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:1909
País:Ecuador
Recursos:Universidad de Cuenca
Repositorio:Repositorio Universidad de Cuenca
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.ucuenca.edu.ec:123456789/26967
Acesso em linha:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/26967
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Ley De Timbres Del Ecuador
Descrição
Resumo:ARTICULO 1°. Los documentos públicos ó privados y las actuaciones judiciales que se designan en esta. Ley, llevarán un sello ó un timbre fijo ó móvil, en los términos y de la clase prescritos en* esta Ley. Actuaciones judiciales y documentos designados en la nomenclatura que va á continuación: Acciones de Banco y de empresas particulares; Anotaciones; Actas judiciales; Actuaciones administrativas; Actuaciones en juicios civiles; Actuaciones en juicios criminales que no sean de oficio; Actuaciones en juicios eclesiásticos, mercantiles, de hacienda, de policía y de imprenta; Avisos judiciales por carteles.