Aplicación de las garantías básicas del derecho al debido proceso en las decisiones judiciales contempladas en la Constitución de Montecristi en el año 2008

La observancia a un debido proceso en la aplicación del Derecho, ha estado amenazada por la arbitrariedad y desconocimiento del ser humano. En un principio los seres humanos tenían derechos únicamente cuando pertenecían a ciertos círculos sociales o familiares, en este marco en el año 539 A.C. Ciro...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Peñaherrera Manosalvas, Siegfried Bormman
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2013
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/4527
Acceso en línea:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/4527
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Decisión Judicial
Descripción
Sumario:La observancia a un debido proceso en la aplicación del Derecho, ha estado amenazada por la arbitrariedad y desconocimiento del ser humano. En un principio los seres humanos tenían derechos únicamente cuando pertenecían a ciertos círculos sociales o familiares, en este marco en el año 539 A.C. Ciro el Grande liberó a los esclavos y permitió que la gente escoja su religión, esta podría considerarse como la primera delación de Derechos Humanos en la historia. Magna Charta Livertatum, promulgada en Inglaterra en el año de 1215 por el rey Juan I, contiene mandato de un juicio legal, reconocido en 1628 por el Parlamento Inglés en su “Petition of rigths”. El debido proceso se consolida con la inclusión de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en la Constitución Francesa el 3 de septiembre de 1791. Se trataba de escapar de la arbitrariedad del Estado, dotar de armas para defenderse de su poder, permitir la igualdad de condiciones y equilibrar sus relaciones con los individuos sociales. En el transcurso del presente trabajo, vemos como al inobservar garantías básicas en un procedimiento se emite indebidamente una “ORDEN DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD” ocasionando un retroceso en la evolución de la justicia y reconocimiento de derechos.