La competencia administrativa para la resolución de controversias en torno a actos de competencia desleal o por infracción de derechos de propiedad intelectual

Con la expedición de Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado se estableció un procedimiento de consulta entre la autoridad administrativa competente en materia de propiedad intelectual y la autoridad administrativa competente en materia de competencia y prácticas desleales que no re...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Naranjo Ormaza, Gerardo Francisco
Tipo de documento: dissertação
Estado:Versão publicada
Data de publicação:2018
País:Ecuador
Recursos:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositório:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:espanhol
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/6706
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/10644/6706
Access Level:Acceso aberto
Palavra-chave:PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
COMPETENCIA DESLEAL
PROPIEDAD INTELECTUAL
LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Descrição
Resumo:Con la expedición de Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado se estableció un procedimiento de consulta entre la autoridad administrativa competente en materia de propiedad intelectual y la autoridad administrativa competente en materia de competencia y prácticas desleales que no responde a la especialización de cada una de estas autoridades. Por tal virtud, mediante este trabajo de titulación, en el Capítulo I se analiza el alcance de los derechos de propiedad intelectual; en el Capítulo II, se estudian las prácticas o actos de competencia desleal; y, en el Capítulo III, se examina la competencia de las autoridades administrativas en estas materias, la prejudicialidad en materia judicial, y se justifica la propuesta realizada en el presente trabajo, que consiste en la aplicación de un sistema de prejudicialidad administrativa para que la autoridad administrativa competente en materia de propiedad intelectual resuelva de forma previa si ha existido una infracción de derechos de propiedad intelectual y, de existir presunción de que tales hechos además puedan ser un acto o práctica de competencia desleal, la autoridad administrativa competente en competencia y prácticas desleales resuelva si tal hecho es además susceptible de una sanción conforme la Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado.