El juicio coactivo y el derecho a la defensa

Para determinar la importancia del tema hay que partir de la pregunta ¿Qué si en el juicio coactivo se vulnera el derecho a la defensa , y si es un derecho constitucional?. Al estar tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico General de Procesos, como requisito para que proceda el juicio de ex...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Aldas Cárdenas, Edwin Stalin
Formato: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2018
País:Ecuador
Recursos:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/8114
Acesso em linha:http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/8114
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:JUICIO COACTIVO
DERECHO A LA DEFENSA
Descrição
Resumo:Para determinar la importancia del tema hay que partir de la pregunta ¿Qué si en el juicio coactivo se vulnera el derecho a la defensa , y si es un derecho constitucional?. Al estar tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico General de Procesos, como requisito para que proceda el juicio de excepciones en un proceso coactivo; se debe cumplir con la consignación de la cantidad que asciende a la deuda, sus intereses y costas, nace la necesidad de estudiar si se vulnera con esta disposición el derecho a la defensa. Al ser el derecho a la defensa vulnerada por un proceso muy utilizado por el estado como es el coactivo; y al estar presente en el nuevo Código Orgánico General de Procesos hace que sea un tema actual. Pese a ser la Constitución de la República del Ecuador la norma que pregona un Estado constitucional de derechos y justicia, en la práctica en el Código Orgánico General de Procesos, no se aplica, ya que el derecho a la defensa se vulnera al existir como requisito que previo a defenderse debe consignar el valor total de la deuda, es decir que se encuentra rota la comunicación entre la norma suprema y el C.O.G.P., dejando entrever que se está violentado uno de los derechos fundamentales que es la defensa. Lo que se está logrando con la aplicación del actual C.O.G.P, es favorecer al Estado desde todas las perspectivas, es decir que este código está hecho a la medida del momento histórico-político, mas no de justicia social, es una norma que está fabricada sin estudios técnicos, científicos y peor aún jurídicos, cuando digo fabricadas me refiero a que ha sido hecho por personas con un rasgo político.