El derecho a la seguridad jurídica y principio de irretroactividad de las normas: un estudio del otorgamiento de concesiones mineras en pequeña minería metálica, periodo 2016-2017

A partir del 2008 nuestro país se ve inmerso en una serie de cambios paradigmáticos que dan inicio al nuevo constitucionalismo, caracterizado por ser garantista de derechos; en este nuevo modelo, la naturaleza se convierte en un nuevo sujeto de derechos, no obstante, los artículos 1, 313, 317 y 408...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Villacís Calvas, Amanda Polette
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2022
País:Ecuador
Institución:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositorio:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/9001
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10644/9001
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:SEGURIDAD JURÍDICA
RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
MINERÍA
MINEROS
POLÍTICA MINERA
Descripción
Sumario:A partir del 2008 nuestro país se ve inmerso en una serie de cambios paradigmáticos que dan inicio al nuevo constitucionalismo, caracterizado por ser garantista de derechos; en este nuevo modelo, la naturaleza se convierte en un nuevo sujeto de derechos, no obstante, los artículos 1, 313, 317 y 408 de nuestra constitución manifiestan que los recursos naturales no renovables, entre ellos la minería, pertenecen al patrimonio inalienable, irrenunciable e imprescriptible del Estado ecuatoriano,1 así también, determina que a través del órgano rector de sectores estratégicos podrá emitir directrices para administrar la actividad minera y controlar las actividades que de ella se deriven conforme principios de sostenibilidad ambiental, precaución y eficiencia. Es así, que en lo que respecta al sector minero, este tuvo su auge con la división del Ministerio de Energía y Minas y la creación del Ministerio de Minería en el año 2015, como institución independiente y autónoma en la emisión de políticas públicas para el fortalecimiento y desarrollo de la actividad minera en el Ecuador, esto permitió tener mayor rectoría y organización en el otorgamiento, administración y extinción de los derechos mineros ya que se creó normativa técnica, económica y legal que ayudó en gran parte a organizar el sector minero. Sin embargo, pese a existir un aparataje institucional y normativo creado a partir del año 2008, se ha evidenciado que las políticas públicas creadas en su momento, así como, la emisión de normativa que regula el otorgamiento y administración de derechos mineros no han constituido herramientas legales adecuadas que permitan a los actores del sector minero confiar en la administración pública; tal es el caso que las múltiples reformas al “Instructivo de Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales Metálicos”2 y la nueva fusión de los ministerios de energía y petróleos, han ocasionado que el derecho a la seguridad jurídica se vea comprometido y en consecuencia se vean afectados otros derechos contemplados en la Constitución de la República del Ecuador.