Observaciones al código de enjuiciamientos en materia criminal. Confesión del reo

Siempre que ella sea un acto deliberado de voluntad, espontáneo y libre, según lo prescribe el art. 61 de C. de Enjuiciamientos en material ciminal, no hay duda que debe figurar en la escala de las pruebas y el juez tomarla en cuenta, al tiempo de pronunciar su fallo, pero que se hubiese sancionaldo...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ortega, José Miguel
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:1891
País:Ecuador
Institución:Universidad de Cuenca
Repositorio:Repositorio Universidad de Cuenca
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.ucuenca.edu.ec:123456789/35179
Acceso en línea:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/35179
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho penal
Crimen
Sanción penal
Leyes
Descripción
Sumario:Siempre que ella sea un acto deliberado de voluntad, espontáneo y libre, según lo prescribe el art. 61 de C. de Enjuiciamientos en material ciminal, no hay duda que debe figurar en la escala de las pruebas y el juez tomarla en cuenta, al tiempo de pronunciar su fallo, pero que se hubiese sancionaldo la confesión con cargos en el art. 170, como una fórmula obligada de procedimiento, al extremo de calificarla de solemnidad sustancial, cuya omisión anule el proceso según el caso 100 del art 355, es nuestro concepto una exigencia contraria a todo principio de justicia, sin que de su resultado pueda esperar siquiera alguna venjata en favor de los derechos de la vindicta pública.