Procedimiento administrativo sancionador en establecimientos regulados por el ministerio de gobierno: ¿medida cautelar o sanción anticipada en el ecuador?

La Constitución de la Republica del Ecuador con el fin de impulsar el desarrollo de la economía popular y solidaria, entre uno de sus principios, está orientada en alcanzar el buen vivir, reconociendo diversas formas de organización para producir y generar ingresos en el campo de la economía privada...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Arteaga Huilca, Diego Armando
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2023
País:Ecuador
Institución:Universidad Regional Autónoma de los Andes
Repositorio:Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/16598
Acceso en línea:https://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/16598
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:ACUERDO MINISTERIAL 0069
SELLO DE CLAUSURA
SANCIÓN ANTICIPADA
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
DEBIDO PROCESO
Descripción
Sumario:La Constitución de la Republica del Ecuador con el fin de impulsar el desarrollo de la economía popular y solidaria, entre uno de sus principios, está orientada en alcanzar el buen vivir, reconociendo diversas formas de organización para producir y generar ingresos en el campo de la economía privada, pública, mixta, entre otras (Asamblea Constituyente, 2008). Por tal motivo, las micro, pequeñas y medianas empresas existentes en el Ecuador, son las responsables del crecimiento, la innovación y el dinamismo productivo, contribuyendo de esta manera al desarrollo socioeconómico del país; generando fuentes de empleo, obteniendo ingresos para la subsistencia del hogar y promoviendo el emprendimiento en zonas urbanas y rurales (Lemoine Quintero, Delgado Caicedo, & Hernández Rodríguez, 2020). Bajo este criterio, mediante Registro Oficial 475 de 25 abril del 2019, el Ministerio del Interior, expidió el Acuerdo Ministerial 0069; Reglamento de aplicación obligatoria para la Intervención de las y los Intendentes Generales de Policía, Subintendentes de Policía y Comisarios de Policía del País, así como para los propietarios y representantes legales de los establecimientos categorizados en este Acuerdo (Ministerio del Interior, 2019). Hoy regulados por el Ministerio de Gobierno mediante decreto ejecutivo No. 381 de 30 de marzo de 2022.