La viabilidad jurídica del protocolo familiar para asegurar la sostenibilidad de las empresas familiares en el Ecuador

El objetivo principal de esta investigación es analizar la viabilidad de implementación del protocolo familiar como pacto parasocial, como un instrumento de sostenibilidad en las empresas familiares en el Ecuador, es decir, estudiar la posibilidad de establecer un marco legal para los protocolos fam...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Zamora Ulloa, José Israel
Formato: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:Ecuador
Recursos:Universidad Andina Simón Bolivar
Repositorio:Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uasb.edu.ec:10644/6023
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/10644/6023
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:EMPRESAS CASERAS
MICROEMPRESAS
DERECHO DE FAMILIA
LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Descrição
Resumo:El objetivo principal de esta investigación es analizar la viabilidad de implementación del protocolo familiar como pacto parasocial, como un instrumento de sostenibilidad en las empresas familiares en el Ecuador, es decir, estudiar la posibilidad de establecer un marco legal para los protocolos familiares dentro de los negocios familiares en el país, observando su viabilidad y problemática existente. La metodología fue exploratoria, analizando el marco jurídico actual, con las doctrinas comparadas que facilitó el conocimiento sobre el protocolo en las empresas familiares, así como las limitaciones para su implementación en la legislación ecuatoriana. A lo largo de la investigación se ha comprobado que el ordenamiento jurídico ecuatoriano no dispone de un reglamento o ley que estructure el protocolo familiar en las empresas familiares. Esta viabilidad legal debería respetar el marco jurídico ya preestablecido en el Derecho ecuatoriano y especialmente el recogido en el Código Civil relativo al derecho de familia y de sucesiones, así como también a la Ley de Compañías en lo concerniente a las compañías de responsabilidad limitada y, por último, con las exigencias recogidas en el Reglamento del Registro Mercantil.