De los intérpretes

No obstante la prolija atención que han concedido las leyes para el nombramiento de intérpretes en los actos jurídicos, y las terminantes disposiciones que existen en los códigos; en la práctica no sólo se elude Ja ley, sino que se observa lo contrario de lo que ella dispone. Manifestar los defectos...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Torres, Adolfo A.
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:1909
País:Ecuador
Institución:Universidad de Cuenca
Repositorio:Repositorio Universidad de Cuenca
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dspace.ucuenca.edu.ec:123456789/35207
Acceso en línea:http://dspace.ucuenca.edu.ec/handle/123456789/35207
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Administración de la Justicia
Jueces
Sentencias
Derecho
Descripción
Sumario:No obstante la prolija atención que han concedido las leyes para el nombramiento de intérpretes en los actos jurídicos, y las terminantes disposiciones que existen en los códigos; en la práctica no sólo se elude Ja ley, sino que se observa lo contrario de lo que ella dispone. Manifestar los defectos que se han establecido en el foro, adquiriendo la rutina preferencia inexplicable sobre las leyes relativas á esta materia, que se hallan vigentes; y procurar, por medio de un ligero examen de los preceptos legales, que la práctica se ponga en armonía con la voluntad soberana, es el objeto de la presente disertación.