la vulneración del derecho a la presunción de inocencia
En la sentencia que estoy presentando para ser analizada quiero resaltar que los jueces de lo penal, en especial los jueces de adolescentes infractores de la Unidad Judicial Florida de Guayaquil, están emitiendo sentencias condenatorias en los delitos de robo, sin que se considere lo establecido en...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2017 |
| País: | Ecuador |
| Recursos: | Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Regional Autónoma de los Andes |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:dspace.uniandes.edu.ec:123456789/5480 |
| Acesso em linha: | http://dspace.uniandes.edu.ec/handle/123456789/5480 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | Vulneración de Derecho Presunción de Inocencia |
| Resumo: | En la sentencia que estoy presentando para ser analizada quiero resaltar que los jueces de lo penal, en especial los jueces de adolescentes infractores de la Unidad Judicial Florida de Guayaquil, están emitiendo sentencias condenatorias en los delitos de robo, sin que se considere lo establecido en el artículo 467 del Código Orgánico Integral Penal, vigente en nuestro normativa interna desde el 10 de agosto del año 2014, considerando que esta situación vulnera el derecho a la presunción de inocencia garantizado en el artículo 76 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador, así como en los Instrumentos Internacionales de derechos humanos como son: la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en su artículo 8 numeral 2, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 14 numeral 2, principalmente se está vulnerando este derecho en los casos de delitos contra la propiedad. El Código Orgánico Integral Penal derogó el Código Penal y de Procedimiento Penal, que había regido durante los últimos años en el Ecuador por la necesidad que implica un cambio en nuestra normativa que vaya más acorde con los derechos y garantías constitucionales pro ser humano que se consagran en la Constitución ecuatoriana del 2008; al entrar en vigencia la nueva Carta Magna, se desencadenó la necesidad de modificar las normas del ordenamiento jurídico interno para que todas las normas guarden relación con la norma suprema y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos de los que el Ecuador es suscriptor, pues así lo determinan los artículos 424, 425 y 426 de la Constitución. |
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