La capellanía militar dentro del concepto de parroquia personal
Este trabajo de investigación va a desarrollar de una manera sistemática, en primer lugar el concepto de parroquia, desglosándolo a través de la historia, luego se hablara de la jurisdicción personal, como una nueva realidad de ser parroquia y contribuir a la salvación de las almas; se culminara hac...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2018 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Pontificia Universidad Javeriana |
| Repositorio: | Repositorio Universidad Javeriana |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repository.javeriana.edu.co:10554/38081 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10554/38081 https://doi.org/10.11144/Javeriana.10554.38081 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Canon 518 Capellan Ordinariato militar Obispado castrense Parroquia personal CANON 518 Chaplain Personal parish Military ordenariaty Military bishopric Maestría en derecho canónico - Tesis y disertaciones académicas Capellanes militares Diócesis |
| Sumario: | Este trabajo de investigación va a desarrollar de una manera sistemática, en primer lugar el concepto de parroquia, desglosándolo a través de la historia, luego se hablara de la jurisdicción personal, como una nueva realidad de ser parroquia y contribuir a la salvación de las almas; se culminara haciendo una presentación de la Constitución Apostólica Spirituali Militun Curae, aterrizándola en el Obispado Castrense de Colombia, sus estatutos, su organización, su trabajo pastoral y sus retos. El deseo de este trabajo es contribuir como herramienta para que los Capellanes Castrenses asuman y se descubran como verdaderos párrocos, además como ayuda para que el Clero los reconozca como tal, comprenda su jurisdicción y contribuya al cumplimiento de su misión, pues la Constitución SMC en el artículo VII menciona que “los sacerdotes que en el Ordinariato castrense son nombrados capellanes, gozan de los derechos y están sujetos a las obligaciones de los párrocos (…)”. |
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