El ejercicio del control fiscal preventivo y concomitante frente a la prohibición de coadministración en la gestión pública
El presente trabajo de investigación busca abordar las principales características del ejercicio del control fiscal a partir de la Constitución de 1991, en tanto control posterior y selectivo, actualmente vigente; entre ellas, la denominada función de advertencia, prevista en la redacción original d...
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2022 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Nacional de Colombia |
| Repositorio: | Repositorio UN |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unal.edu.co:unal/83848 |
| Acceso en línea: | https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/83848 https://repositorio.unal.edu.co/ |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | 340 - Derecho::342 - Derecho constitucional y administrativo AUDITORIA FISCAL DERECHO CONSTITUCIONAL Tax auditing Constitutional law Sustitución Advertencia Control Fiscal Preventivo Concomitante Substitution Warning Preventive Concomitant |
| Sumario: | El presente trabajo de investigación busca abordar las principales características del ejercicio del control fiscal a partir de la Constitución de 1991, en tanto control posterior y selectivo, actualmente vigente; entre ellas, la denominada función de advertencia, prevista en la redacción original del artículo 5 numeral 7 del Decreto Ley 267 de 2000, que facultaba a la Contraloría General de la República para «Advertir sobre operaciones o procesos en ejecución para prever graves riesgos que comprometan el patrimonio público y ejercer el control posterior sobre los hechos así identificados» pero que, al ser demanda fue declarada inexequible por la Corte Contitucional. Posteriormente, plantearemos un estudio crítico sobre las nuevas categorías del control fiscal preventivo y concomitante que se ejerce a través de la nueva función de advertencia, pero ahora prevista a través del Acto Legislativo 004 de 2019. La función de advertencia y el nuevo sistema de control fiscal preventivo y concomitante, imponen una revisión de dichas categorías ahora de rango constitucional, y su compatibilidad con el control fiscal posterior y selectivo consagrado en la misma disposición constitucional, al igual que nos permite revisar desde un punto de vista constitucional, si el acto legislativo era necesario para mejorar la gestión preventiva de la Contraloría General de la República frente a la vigilancia de la gestión fiscal de las entidades del Estado. (Texto tomado de la fuente) |
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