La destitución de servidores públicos de elección popular por la procuraduría general de la nación: violación de la convención américana sobre derechos humanos. Análisis especial de la destitución del Alcalde de Bogotá: Gustavo Petro Urrego en 2013

La presente investigación tiene como fin evaluar, específicamente, la sanción de destitución, y de inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas, de servidores públicos de elección popular como facultad sancionatoria de la Procuraduría General de la Nación, a la luz del marco normativo constit...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Montoya Romero, Nodier
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:Colombia
Institución:Universidad Militar Nueva Granada
Repositorio:Repositorio UMNG
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/16550
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10654/16550
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Inhabilidad
Destitución de funcionarios públicos de elección popular
Procuraduría General de la Nación
Derechos políticos
Gustavo Petro
FUNCIONARIOS PUBLICOS
CARRERA ADMINISTRATIVA
ELECCIONES
Disability
Destitution of public officials of popular choice
Attorney General of the Nation
Political rights
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene como fin evaluar, específicamente, la sanción de destitución, y de inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas, de servidores públicos de elección popular como facultad sancionatoria de la Procuraduría General de la Nación, a la luz del marco normativo constitucional interno y del bloque de constitucionalidad, para establecer que la destitución de funcionarios públicos elegidos por sufragio popular es violatoria de la jurisprudencia de las Altas Cortes colombianas y, también, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Esta última, es igualmente vinculante y obligatoria para todos los operadores judiciales de los Estados miembros de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica de 22 de noviembre de 1969). Para demostrar lo anterior se ha elegido como ejemplo el caso de la destitución mediante una decisión administrtiva (no judicial) del Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, expedidad por la Procuraduría General de la Nación.