La condición más beneficiosa en la pensión de invalidez y sobrevivientes desde la jurisprudencia Colombiana
El principio de la condición más beneficiosa, constituye un fundamento jurisprudencial para el reconocimiento de las pensiones de invalidez de origen común y de sobrevivientes. En lo relacionado con su aplicación existen diferencias entre la Corte Constitucional y la Sala Laboral de la Corte Suprema...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Corporación Universidad de la Costa |
| Repositorio: | Repositorio REDICUC |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.cuc.edu.co:11323/5615 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11323/5615 https://doi.org/10.17981/juridcuc.15.1.2019.05 https://repositorio.cuc.edu.co/ |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Condición más beneficiosa Retrospectividad Expectativa legítima Jurisprudencia Pensión de invalidez Pensión de sobrevivientes Most beneficial condition Retrospectivity Legitimate expectation Jurisprudence Disability pension Survivor's pension |
| Sumario: | El principio de la condición más beneficiosa, constituye un fundamento jurisprudencial para el reconocimiento de las pensiones de invalidez de origen común y de sobrevivientes. En lo relacionado con su aplicación existen diferencias entre la Corte Constitucional y la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en cuanto a los límites temporales que se deben tener en cuenta para estudiar el derecho; mientras la Corte Constitucional hace una revisión en regreso de las normas derogadas, la Corte Suprema de Justicia solo examina la disposición abolida inmediatamente anterior. Para tales efectos, se hace una revisión bibliográfica jurisprudencial y documental a partir de los límites de aplicación de la condición más beneficiosa, con el propósito de analizar cuál de los dos criterios resulta favorable. En términos generales se puede concluir como la regla de la Corte Constitucional es mas favorable que la expuesta por la Corte Suprema de Justicia |
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