Fundamentos jurídicos, doctrinarios y sociales para un tratamiento preferencial a las cooperativas.
Mediante el Decreto Ley 1598 de 1963, se reconoce en el derecho colombiano a las cooperativas como personas jurídicas de Derecho Privado, con fines de interés social y como asociaciones voluntarias sin ánimo de lucro. Este reconocimiento expreso y claro que hace la ley de las cooperativas, no es una...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 1984 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Cooperativa de Colombia |
| Repositorio: | Repositorio UCC |
| OAI Identifier: | oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/47749 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.12494/47749 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Legislación en cooperativismo Cooperativismo en Colombia Economía solidaria Cooperative legislation Cooperativism in Colombia Solidarity economy |
| Sumario: | Mediante el Decreto Ley 1598 de 1963, se reconoce en el derecho colombiano a las cooperativas como personas jurídicas de Derecho Privado, con fines de interés social y como asociaciones voluntarias sin ánimo de lucro. Este reconocimiento expreso y claro que hace la ley de las cooperativas, no es una decisión casual, sino la aceptación de una realidad histórica de la práctica de estas entidades y de su fundamento doctrinario. En efecto las cooperativas reúnen una serie de características que determinan su naturaleza no lucrativa de entidades de utilidad pública y de interés social. |
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