Análisis crítico de las medidas innominadas-anticipatorias en el código general del proceso

Con la regulación de las medidas cautelares innominadas en el literal c del artículo 590 de la Ley 1564 de 2012, que trajo consigo la entrada en vigor de las medidas anticipatorias en el proceso civil, se creyó haber resuelto el problema de contar con un catálogo limitado y restrictivo de medidas ca...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Zabala Tìmote, Oscar Andrés
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2022
País:Colombia
Institución:Universidad Externado de Colombia
Repositorio:Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
Idioma:español
OAI Identifier:oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/12426
Acceso en línea:https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/12426
https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.12426
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Derecho civil
Acción civil
Proceso civil
Medidas cautelares
Medidas cautelares innominadas
Medidas anticipatorias
Derecho de defensa
Prejuzgamiento
Imparcialidad
Discrecionalidad
Descripción
Sumario:Con la regulación de las medidas cautelares innominadas en el literal c del artículo 590 de la Ley 1564 de 2012, que trajo consigo la entrada en vigor de las medidas anticipatorias en el proceso civil, se creyó haber resuelto el problema de contar con un catálogo limitado y restrictivo de medidas cautelares para los procesos declarativos de naturaleza civil, caracterizado por ser un catalogó insuficiente, inef1eiente e inadecuado para los Intereses del demandante dentro del proceso. Sin embargo, la doctrina ha advertido una serie de problemas en torno a las medidas cautelares innominadas y anticipatorias. Para el caso de las medidas anticipatorias se han advertido algunas dificultades de orden legal para su decreto y práctica, así como problemas de mayor trascendencia como la violación de derechos procesales fundamentales del destinatario de la medida, también como consecuencia de una eventual y más agravada vulneración del principio de imparcialidad en el contexto del prejuzgamlento. En términos generales, la critica más relevante se construye con base en la errada vinculación de las medidas anticipatorias con las medidas cautelares innominadas que, a su vez, conduce a subestimar las especificidades normativas y prácticas que derivan del contenido y de los efectos de aquellas.