Ejecución y vigencia de la ley frente a la actividad administrativa y frente al contencioso administrativo: la acción de cumplimiento en la reforma del CCA
La reforma al actual Código Contencioso Administrativo presenta varias novedades interesantes respecto de la ejecución y la vigencia de la ley en Colombia. Ella afirma la validez y eficacia del derecho al prever la inclusión de varios principios y normas constitucionales a las actuaciones administra...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2010 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Externado de Colombia |
| Repositorio: | Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/9501 |
| Acceso en línea: | https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/9501 https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/Deradm/article/view/2775 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Acción de cumplimiento derecho de petición pretensión de cumplimiento administrativa juez de cumplimiento precedente judicial. Mandatory order fulfillment law right of petition administrative claim previously a mandatory order mandatory order judge judicial precedent |
| Sumario: | La reforma al actual Código Contencioso Administrativo presenta varias novedades interesantes respecto de la ejecución y la vigencia de la ley en Colombia. Ella afirma la validez y eficacia del derecho al prever la inclusión de varios principios y normas constitucionales a las actuaciones administrativas y judiciales. La reforma clarifica que existe una única acción y diferentes pretensiones. De esa forma, ella introduce la pretensión de cumplimiento administrativa. Esta pretensión en principio parece no oponerse ni excluir las otras pretensiones en el ámbito administrativo y judicial. La reforma refuerza el derecho de petición el cual puede ser una vía adecuada para constituir el requerimiento previo ante la entidad obligada a cumplir una ley o un acto administrativo. Ella aclara que no existe recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia para las acciones de cumplimiento. La reforma tiende finalmente a complementar los poderes del juez de cumplimiento y a desarrollar los criterios de funcionamiento del precedente judicial que pueden incidir en la acción de cumplimiento. |
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