Consideraciones sobre la reticencia en el derecho uruguayo

El objetivo del presente artículo es analizar la regulación del instituto de la reticencia en el derecho uruguayo.El contrato de seguro plantea equilibrios muy delicados basados sobre principios de buena fe y de rigor económico. La compañía de seguros no está en condiciones de apreciar por sí misma...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ifrán, Geraldine
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2007
País:Colombia
Institución:Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repository.javeriana.edu.co:10554/27388
Acceso en línea:http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/iberoseguros/article/view/14978
http://hdl.handle.net/10554/27388
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:reticencia; buena fe; nulidad; declaraciones; cuestionario previo
Concealment; good faith; nullity; representations; coverage questionnaire
Descripción
Sumario:El objetivo del presente artículo es analizar la regulación del instituto de la reticencia en el derecho uruguayo.El contrato de seguro plantea equilibrios muy delicados basados sobre principios de buena fe y de rigor económico. La compañía de seguros no está en condiciones de apreciar por sí misma todas las circunstancias del riesgo. Para ello necesita basarse en sus asegurados, quienes deben de proceder de buena fe y contribuir, con declaraciones exactas y completas, a que la compañía de seguros se forme un concepto cabal del riesgo. Si el asegurado incumple dicho deber, la compañía de seguros podría asumir un riesgo diferente del verdadero, que no hubiera aceptado, o al menos no bajo las condiciones contractuales pactadas. En estos casos el artículo 640 del Código de Comercio habilita a la compañía de seguros a reclamar la nulidad del contrato por reticencia del asegurado.