Reparación del daño por afectación relevante a bienes o derechos convencional y/o constitucional amparados
El Consejo de Estado Colombiano modificó de manera drástica la reparación del perjuicio inmaterial – diferente al moral-, por medio de las sentencias de unificación proferidas el 28 de agosto de 2014, a través de lo que se denominó la “constitucionalización del derecho de daños”, estableciendo los r...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Externado de Colombia |
| Repositorio: | Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/4052 |
| Acceso en línea: | https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/4052 https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.4052 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Daños y perjuicios - Aspectos jurídicos - Colombia Indemnización judicial - Colombia Responsabilidad extracontractual - Colombia Derecho civil - Colombia Perjuicio inmaterial Evolución perjuicio inmaterial Perjuicio inmaterial diferente al moral Afectación a bienes o derechos convencional y/o constitucionalmente amparados |
| Sumario: | El Consejo de Estado Colombiano modificó de manera drástica la reparación del perjuicio inmaterial – diferente al moral-, por medio de las sentencias de unificación proferidas el 28 de agosto de 2014, a través de lo que se denominó la “constitucionalización del derecho de daños”, estableciendo los referentes para la reparación de los perjuicios inmateriales. Bajo este panorama, se abrió la puerta para indemnizar cada uno de los derechos convencional y/o constitucionalmente protegidos afectados por el hecho dañoso, y se dejó a un lado la clasificación tradicional de perjuicios morales y daño a la vida en relación, que para ese momento era unánimemente aceptada por las altas Cortes Colombianas. Con base en todo lo anterior, la presente investigación pretende reflexionar en torno a la nueva categoría de daños inmateriales denominados daños por afectación relevante a bienes o derechos convencional y/o constitucionalmente amparados, con el fin de verificar si su aparición en el escenario jurídico nacional deriva en una mayor protección para las víctimas; o si, por el contrario, las categorías anteriores respondían de mejor manera a la satisfacción de sus derechos. |
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