La reparación del daño antijurídico en la prestación del servicio público de la educación
De acuerdo con la Constitución Política, la educación tiene el doble carácter de derecho fundamental y de servicio público. Sin embargo, son varios los casos en que la administración ha vulnerado este derecho fundamental, ya sea por una deficiente prestación del servicio o sin ella. Lo cierto es q...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2010 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad del Rosario |
| Repositorio: | Repositorio EdocUR - U. Rosario |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repository.urosario.edu.co:10336/16662 |
| Acceso en línea: | https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/337 http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/16662 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | derecho derecho fundamental administración pública servicio público daño antijurídico responsabilidad imputación reparación del daño public service illegal damage responsability fundamental right public administration imputation repair of the damage |
| Sumario: | De acuerdo con la Constitución Política, la educación tiene el doble carácter de derecho fundamental y de servicio público. Sin embargo, son varios los casos en que la administración ha vulnerado este derecho fundamental, ya sea por una deficiente prestación del servicio o sin ella. Lo cierto es que se ha vulnerado este derecho fundamental de los menores de edad, así lo ha dicho la Corte Constitucional en su jurisprudencia, ante la acción de tutela que en múltiples ocasiones se ha instaurado para buscar la protección de este derecho. Pero, si bien se ha protegido el derecho a la educación, no se ha declarado la responsabilidad de la administración por este hecho. Para declarar tal responsabilidad, de acuerdo con el artículo 90 de la Constitución, es preciso responder los siguientes interrogantes: ¿en tales casos hubo daño antijurídico? ¿cómo determinar el daño?, ¿le es imputable a la administración? Si le es imputable ¿cómo pedir su reparación? Tratar de dar respuestas a estos interrogantes es el propósito del presente artículo. |
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