Del imperio del estado confesional a la Constitución de 1991: Confesionalidad, laicidad o pluri-religiosidad en el caso colombiano
En la presente investigación doctoral se quiso probar que la Constitución colombiana no es laica. Contiene una apuesta constitucional pluri-religiosa que no es neutral frente al tema de dios y avala la protección de un dios que reconoce la diversidad religiosa y que se denomina el dios ilustrado pue...
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| Tipo de recurso: | tesis doctoral |
| Estado: | Versión aceptada para publicación |
| Fecha de publicación: | 2018 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Nacional de Colombia |
| Repositorio: | Repositorio UN |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unal.edu.co:unal/69627 |
| Acceso en línea: | https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/69627 http://bdigital.unal.edu.co/71661/ |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | 200 - Religión 340 - Derecho Dios ilustrado Constitución creyente Laicidad Confesionalidad Pluri-religiosidad Matrimonio igualitario Adopción para todos los ciudadanos Enlightened God Believer constitution Separation between church and state Secularity Pluri-religious approach Equal marriage Adoption for all citizens |
| Sumario: | En la presente investigación doctoral se quiso probar que la Constitución colombiana no es laica. Contiene una apuesta constitucional pluri-religiosa que no es neutral frente al tema de dios y avala la protección de un dios que reconoce la diversidad religiosa y que se denomina el dios ilustrado pues los valores y principios en que se inspira son propios del iusnaturalismo racional e histórico, coincidiendo con aquellos que trajo el proceso de la ilustración propio de la modernidad y siendo esta corriente el punto de unión entre la Carta de 1886 y la de 1991. Así pues, se entiende que la Carta de 1991 es una carta creyente en el dios ilustrado y que Colombia pasó de ser un estado fundado en el poder de dios, a uno en el poder del pueblo, con legitimidad en la protección supra-legal del dios ilustrado. El dios ilustrado no crea una constitución laica, sólo evidencia que los principios y valores ilustrados deben ser garantizados constitucionalmente. El dios ilustrado, a través de sus guardianes, los magistrados de la Corte Constitucional, debe luchar constantemente contra el poder de la voluntad popular, con el único propósito de hacer prevalecer los valores y principios de la Carta, la dignidad humana y los derechos fundamentales, tal como se ha hecho tangible en los casos del matrimonio igualitario y de la adopción para todos los ciudadanos y ciudadanas. (texto tomado de la fuente) |
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