Pueblos indígenas, plurietnicidad y plurinacionalidad: análisis de modelos paradigmáticos y su relevancia en el Ius Constitutucionale Commune
El texto profundiza sobre la noción del Constitucionalismo transformador, especialmente en materia de los conceptos de plurinacionalidad y plurietnicidad. Analizando cómo se puede vincular la idea de plurinacionalidad al Ius Constitutionale Commune, el cual en términos sucintos es el trascender cont...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | tesis de maestría |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | Colombia |
| Institución: | Universidad Externado de Colombia |
| Repositorio: | Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/5322 |
| Acceso en línea: | https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/5322 https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.5322 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Identidad cultural Derecho constitucional Derechos humanos Plurietnicidad Plurinacionalidad Ius Constitutionale Commune Constitucionalismo transformador |
| Sumario: | El texto profundiza sobre la noción del Constitucionalismo transformador, especialmente en materia de los conceptos de plurinacionalidad y plurietnicidad. Analizando cómo se puede vincular la idea de plurinacionalidad al Ius Constitutionale Commune, el cual en términos sucintos es el trascender contemporáneo de la idea de abogar por la constitucionalización del ordenamiento, a propender por la convencionalización del derecho, esto es, a permitir que los ordenamientos que tienen a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su bloque de constitucionalidad, dejen que las normas de dicha convención alumbren y permeen el ordenamiento. Como ejemplos paradigmáticos se analizarán estos conceptos a la luz de las Constituciones colombiana de 1991, ecuatoriana de 2008, boliviana de 2009; las últimas dos, integrando el concepto del constitucionalismo transformador con el concepto de “Sumak Kawsay” o buen vivir; es decir, a grandes rasgos un constitucionalismo propositivo que permita realizar un cambio de fondo en la sociedad para que esta sufra de transformaciones a través de la promulgación constitucional y su posterior articulación con las políticas sociales, económicas, culturales, ambientales y de derechos fundamentales, donde se adopten y se protejan estos conceptos pluralistas como principio Constitucional en nuestros ordenamientos jurídicos, usando como herramienta primigenia estas Constituciones refundacionales. |
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