SALUD PÚBLICA, PATENTES DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y LICENCIAS OBLIGATORIAS EN EL ACUERDO SOBRE LOS ADPIC: UNA MIRADA DESDE EL TERCER MUNDO

En el presente trabajo investigativo se expondrá la regulación actual de la OMC relativa a la protección mediante patentes y sobre licencias obligatorias, haciendo hincapié en las patentes de medicamentos y el acceso a los mismos en situaciones de emergencia nacional causadas por crisis de salud púb...

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Detalhes bibliográficos
Autores: Castro Riberos, Miguel; Ernst & Young Abogados, DEIK ACOSTA-MADIEDO, CAROLINA; Esguerra Barrera Arriaga Abogados
Formato: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2008
País:Colombia
Recursos:Pontificia Universidad Javeriana
Repositorio:Repositorio Universidad Javeriana
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repository.javeriana.edu.co:10554/25568
Acesso em linha:http://revistas.javeriana.edu.co/index.php/internationallaw/article/view/13906
http://hdl.handle.net/10554/25568
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Patentes; licencias obligatorias; productos farmacéuticos, salud pública; ADPIC
Patents; Compulsory License; Pharmaceutical Products; Public Health; TRIPS
Descrição
Resumo:En el presente trabajo investigativo se expondrá la regulación actual de la OMC relativa a la protección mediante patentes y sobre licencias obligatorias, haciendo hincapié en las patentes de medicamentos y el acceso a los mismos en situaciones de emergencia nacional causadas por crisis de salud pública en países que tienen una insuficiente o inexistente capacidad de producción en el sector farmacéutico. Para ello se analizará el  Acuerdo sobre los ADPIC, la Declaración de DOHA y el Sistema adoptado por los países Miembros a través de la Decisión del 30 de agosto de 2003. Lo anterior con el fin de identificar las falencias que presenta el Sistema y proponer para cada una de ellas una solución que permita la eficiente utilización del Sistema de licenciamiento obligatorio para la exportación e importación de productos farmacéuticos.Se encontrará que con fundamento en las herramientas interpretativas del Derecho Internacional se pueden habilitar vías que permitan la utilización del Sistema de forma tal que, por un lado, se responda a las expectativas humanitarias que tienen los países menos desarrollados y en desarrollo y, por elotro, se protejan los derechos patrimoniales inherentes a la condición de titular de una patente.