Problemas en torno al consentimiento sexual en el tratamiento judicial de los delitos sexuales, Bs. As. 1866-1921

En los últimos años, los delitos sexuales se han convertido en objeto de preocupación para la sociedad; esto se vio reforzado por las nuevas formas de pensar y vivir las relaciones humanas inter e intra-género/s y especialmente las elecciones sexuales. En este trabajo la autora propone volver a pone...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Riva, Betina Clara
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2016
País:Argentina
Institución:Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
Repositorio:CONICET Digital (CONICET)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ri.conicet.gov.ar:11336/101187
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11336/101187
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:DELITOS SEXUALES
CONSENTIMIENTO SEXUAL
HISTORIA DEL DERECHO
HISTORIA SOCIAL
https://purl.org/becyt/ford/6.1
https://purl.org/becyt/ford/6
Descripción
Sumario:En los últimos años, los delitos sexuales se han convertido en objeto de preocupación para la sociedad; esto se vio reforzado por las nuevas formas de pensar y vivir las relaciones humanas inter e intra-género/s y especialmente las elecciones sexuales. En este trabajo la autora propone volver a poner en debate algunas cuestiones que hacen al problema de la definición judicial y a la comprensión del consentimiento en el contexto específico delitos sexuales (delitos contra la honestidad) en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, entre 1866 y 1921, habida cuenta de la importancia que este concepto tiene en los expedientes así como en el tratamiento doctrinario de la violencia sexual. Se propone poner en tensión las ideas sociales y culturales que aparecen reflejadas en las fuentes citadas respecto de qué es, cómo se otorga y cuándo puede hablarse de un efectivo consentimiento. En particular ella hará eje en la problemática en relación a la situación de los menores de edad varones y mujeres en tanto víctimas posibles y reales de estos ilícitos. Planteará la discusión en torno al límite jurídico de 12 años como “edad del consentimiento” y las construcciones jurídicas en relación a la capacidad/incapacidad de los menores para asentir sexualmente.