El acuerdo entre el FMI y Argentina en 2018 : Control de Convencionalidad

A mediados de 2018 el ministro de Hacienda de Argentina y el presidente del Banco Central de ese país enviaron una carta a la directora del Fondo Monetario Internacional solicitando un préstamo de 50 000 millones de dólares. En unos pocos días, menos de una semana hábil, ese pedido fue aceptado por...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Justo, Juan Bautista
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2021
País:Argentina
Institución:Universidad Nacional de La Plata
Repositorio:SEDICI (UNLP)
Idioma:español
OAI Identifier:oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/121777
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/121777
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Ciencias Jurídicas
Fondo Monetario Internacional
Argentina
Control de Convencionalidad
Descripción
Sumario:A mediados de 2018 el ministro de Hacienda de Argentina y el presidente del Banco Central de ese país enviaron una carta a la directora del Fondo Monetario Internacional solicitando un préstamo de 50 000 millones de dólares. En unos pocos días, menos de una semana hábil, ese pedido fue aceptado por el FMI y luego ampliado en 7100 millones de dólares más, desembolsándose finalmente un total de 45 000 millones. De acuerdo a lo que surge de constancias judiciales y administrativas, la decisión de contraer el préstamo fue adoptada por los precitados funcionarios argentinos sin ley especial habilitante, sin acto administrativo autorizatorio, sin expediente y sin recabar previamente los dictámenes jurídicos y técnicos exigidos por la legislación nacional. Esas omisiones determinaron que la operatoria presentara severas falencias en materia de competencia y procedimientos de formación de la voluntad estatal. En este trabajo se plantea que esa sumatoria de fallas en los procesos decisorios domésticos implicó una transgresión por parte del Estado a sus obligaciones bajo la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos civiles y políticos –gobierno democrático, participación ciudadana y acceso a la información pública– y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, todo lo cual compromete la validez del acuerdo celebrado con el organismo financiero.