Religiones y Estado en Argentina, entre la Constitución y el derecho internacional
El régimen jurídico de las comunidades religiosas en Argentina tiene sus bases en normas constitucionales e internacionales que provienen de épocas diferentes: la Constitución de 1853/60, el Concordato de 1966 y los tratados internacionales constitucionalizados en la reforma de 1994. Si bien las con...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2017 |
| País: | Argentina |
| Institución: | Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas |
| Repositorio: | CONICET Digital (CONICET) |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ri.conicet.gov.ar:11336/73375 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11336/73375 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | RELACIONES IGLESIA-ESTADO COMUNIDADES RELIGIOSAS NORMAS CONSTITUCIONALES LIBERTAD RELIGIOSA https://purl.org/becyt/ford/6.3 https://purl.org/becyt/ford/6 |
| Sumario: | El régimen jurídico de las comunidades religiosas en Argentina tiene sus bases en normas constitucionales e internacionales que provienen de épocas diferentes: la Constitución de 1853/60, el Concordato de 1966 y los tratados internacionales constitucionalizados en la reforma de 1994. Si bien las contradicciones explícitas entre el Concordato de 1966 y el régimen de Patronato incluido en la Constitución de 1853/60 fueron eliminadas por la mencionada reforma, la armonización de este complejo normativo no está exenta de dificultades. |
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