¿Corresponde daño extrapatrimonial por problemática de género?
En el presente trabajo pretendo analizar si corresponde, en el ámbito de las relaciones de consumo, -usando como práctica comercial ejemplificativa- en la práctica abusiva conocida como Pink Tax, si aquella persona damnificada -en lo que asevero es a causa de la problemática de género-, puede exigir...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | Argentina |
| Institución: | Universidad Nacional de La Plata |
| Repositorio: | SEDICI (UNLP) |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/100517 |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/100517 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Ciencias Jurídicas Daño Reparación Género Daño extrapatrimonial |
| Sumario: | En el presente trabajo pretendo analizar si corresponde, en el ámbito de las relaciones de consumo, -usando como práctica comercial ejemplificativa- en la práctica abusiva conocida como Pink Tax, si aquella persona damnificada -en lo que asevero es a causa de la problemática de género-, puede exigir la reparación del daño dentro de la órbita del Daño extrapatrimonial. En otras palabras, el objetivo de este trabajo es analizar si es posible exigir una reparación, en calidad de daño extrapatrimonial, a causa de un daño producto de la problemática de Género. Para ello indagaré en las distintas concepciones de daño, en el significado y perjuicios producidos por la antes dicha problemática, y si estas repercusiones disvaliosas están incluidas dentro de la órbita de la primera. |
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